jueves, 5 de diciembre de 2013

DIRECTORES DE TERCERA NO TENDRÁN ALUMNOS A CARGO


Directores de Tercera tendrán independencia de los cargos con la de atención de alumnos
Por resolución N° 6758 fue aprobado el reclamo de la Unión de Docentes de la Provincia de Misiones (UDPM) y se autoriza a los Directores de Tercera Categoría con grado a cargo, dependientes del Consejo General de Educación, a concentrar la actividad áulica a la Dirección de la Escuela. La resolución firmada hoy, tendrá vigencia a partir del ciclo lectivo 2014 en Misiones.
“Es un hecho histórico de un viejo reclamo de nuestros colegas docentes. Estamos contentos porque vamos cerrando un año excelente para la actividad sindical,”, destacó la titular del gremio UDPM, Stella Maris Leverberg.
También la resolución, aprobada por este martes, el CGE se comprometió a crear los cargos para la cobertura del servicio en atención de esos alumnos a partir de 2014.
“Con esas creaciones, aumentamos los puestos de trabajo además de jerarquizar a los directores con la exclusividad de la función”, explicó Leverberg. Añadió que “es un golpe directo desde este gobierno renovador a las políticas de ajuste que priorizaban el gasto antes que la calidad educativa”.
Acompañó a Leverberg, el secretario general de la UDPM, Arturo Musial; el asesor legal, Christian Dechat; el vocal titular de la CTERA, Rubén Caballero; además estuvieron los representantes de la Intersindical Docente con UDA, SADOP, SIDEPP junto al titular del CGE, Adolfo Safrán
En el proyecto, presentado por la UDPM, acompañado por la Intersindical Docente, explican que “el cálculo de acciones que deben llevar adelante los directores de escuela, sean ellas de primera, segunda o tercera, categorizadas únicamente por la cantidad de matrícula y secciones, pero en cuanto a las obligaciones directivas, son exactamente iguales unas de otras”.
Agrega que “de la solicitud enviada y los antecedentes expuestos, surge claramente la necesidad de que el rol directivo se cumpla con independencia de la atención de alumnos, siendo estos los únicos perjudicados por la acumulación de funciones que tiene su Maestro y Director de la escuela”.

“El CGE debe garantizar condiciones laborales que permitan un adecuado desarrollo de las actividades encomendadas al personal docente y una correcta transferencia de los conocimientos a los educandos, el cuerpo colegiado estima conveniente y oportuno permitir la afectación del cargo de maestro de grado al cargo directivo, permitiendo con ello garantizar la calidad educativa que deben recibir nuestros niños y la debida diligencia en las cuestiones administrativas de la dirección”, finaliza la presentación.

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